SIN INFORMACION

ROBLES/DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA, REGIÓN DEL BIOBIO

Rol

Fecha

26 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Patricio Andrés Robles Contreras, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Defensoría Penal Pública, Región del Biobío, representada Osvaldo Rodrigo Pizarro Quezada, ambos domiciliados en avenida San Juan Bosco N° 2038, Concepción. Reclama por el acto que estima arbitrario, el oficio institucional N° 372, de fecha 01 de agosto de 2024, suscrito por la Defensoría Penal Pública, Región del Biobío, por medio del cual la recurrida informó el rechazo de aprobar solicitud, cursada por la empresa Cruces Defensores SpA, de incluir al recurrente en la nómina de abogados de reemplazos, para desempeñar funciones como defensor penal público. Explica que se desempeñó como defensor penal público en la comuna de Curanilahue entre los días 01 de octubre de 2019 y 31 de diciembre de 2023, luego de presentar renuncia voluntaria por motivos personales, la cual se hizo efectiva a contar del 01 de enero del presente año, añadiendo que cuenta con la habilitación de prueba de evaluación técnica general, realizada el día 27 de abril de 2022, la cual figura aprobada con un puntaje de 76/100. Luego de ser contactado por una defensora penal pública (licitada) de la empresa Cruces Defensores SpA, con fecha 24 de julio de 2024 hace envío de los antecedentes pertinentes para realizar una suplencia, pero mediante el citado oficio institucional N° 372, de fecha 01 de agosto de 2024, suscrito por la Defensoría Penal Pública, Región del Biobío, se le rechazó su petición de incluirlo en la nómina de abogados de reemplazos, para desempeñar funciones como defensor penal, por estimarse que la habilitación de un(a) abogado(a) de reemplazo cesará después de 2 años contados desde la fecha de aprobación de la última prueba habilitante, junto con indicársele que la habilitación obtenida por la aprobación de la prueba estará vigente mientras el abogado(a) mantenga un contrato de prestación de servicios con la Defensoría Penal Pública. En el evento que el abogado(a) cese su vinculación institucional (termino de contrato licitado y/o convenio directo) por un lapso de más de 1 año perderá tanto la calidad de habilitado como el puntaje obtenido, debiendo rendir nuevamente la prueba habilitante para la prestación del servicio de defensa. En el caso de un abogado(a) de reemplazo, la vigencia de dicha habilitación cesará después de 2 años contados desde la fecha de aprobación de la última prueba habilitante. Estima que habiendo rendido prueba habilitante con fecha 27 de abril de 2022 mientras desempeñaba funciones como defensor penal público (licitado) titular en Curanilahue, y aprobó la misma con un puntaje 76/100 y habiendo cesado de sus funciones en la comuna de Curanilahue el día 31 de diciembre de 2023, se encuentra habilitado hasta el día 31 de diciembre de 2024. Concluye solicitando tener por interpuesta acción constitucional de protección en contra de la Defensoría Penal Pública, Región del Biobío y, en definitiva,

Fallo

por tanto, su habilitación ha expirado. Así, la decisión de no aprobar por el momento a Patricio Robles Contreras como abogado de reemplazo se funda en que no cuenta con prueba de habilitación vigente, por lo que la pretensión del recurrente se basa en una evidente confusión respecto de la normativa aplicable a su situación. En efecto, sus menciones a la calidad de defensor titular que tuvo hasta el 31 de diciembre de 2023 como integrante del equipo de defensa de un prestador de la Zona 3, resultan irrelevantes en la especie, puesto que tal calidad la perdió en la fecha indicada -por renuncia voluntaria- y desde esa época no le son aplicables las normas de los defensores titulares, que equivocadamente cita en apoyo de su reclamo. Añade que no hay en esta decisión arbitrariedad alguna, ni “diferencias irracionales e infundadas”. La decisión se tomó ajustada a la normativa institucional que se aplica a todos los abogados que al igual que el recurrente son postulados como reemplazantes. Agrega que el 22 de octubre de 2024 se realizará el próximo proceso de rendición de pruebas habilitantes de Defensa General y Defensa Penitenciaria, de forma tal que el recurrente tiene en muy corto tiempo la posibilidad de rendir y aprobar el examen que le permitirá renovar su habilitación para los siguientes 2 años. Finaliza solicitando tener por evacuado el informe ordenado y rechazar en todas sus partes el presente recurso de protección. TERCERO: Que, el recurso de protección ha sido ins

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Concepción, veintiséis de agosto del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Patricio Andrés Robles Contreras, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Defensoría Penal Pública, Región del Biobío, representada Osvaldo Rodrigo Pizarro Quezada, ambos domiciliados en avenida San Juan Bosco N° 2038, Concepción. Reclama por el acto que

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