OTROS

GISELA IRIS GÓMEZ NANNIG /TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

26 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Claudio Magnere, en representación convencional de Gisela Iris Gómez Nannig, parte ejecutada en los procesos de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Regional de Los Lagos Roles 519-1992, 510-1993, 1004-1997, 1002-1998 y 1002-2004, en contra de la resolución que deniega el abandono del procedimiento alegado por ésta, por estimar el sentenciador de primer grado que en el Código Tributario no existe reenvío al Código de Procedimiento Civil, para el tratamiento y aplicación del instituto del abandono del procedimiento. 2°) Que como ya se ha afirmado por esta Corte en otras oportunidades, la función desarrollada por el Tesorero Provincial, Juez sustanciador que instruye la primera etapa del procedimiento de cobro regulada en el título V del libro III del Código Tributario, es de carácter jurisdiccional, pues la ley le ha conferido facultades en dicho carácter. Así́ se desprende, por ejemplo, del artículo 170 del Código Tributario, en cuanto ordena despachar mandamiento de ejecución y embargo contra el deudor y ordena su notificación y requerimiento de pago, o el artículo 177 del mismo cuerpo legal, en cuanto le permite desechar de plano la excepción de no empecer el título al ejecutado que no cumpliere los requisitos de admisibilidad previstos en la ley. 3°) Que, no obsta a lo anterior el hecho que se trate de una autoridad administrativa, pues la garantía del debido proceso reconocida en el artículo 19 N° 3, inciso 6°, de la Constitución Política de la República, comprende no solo a las sentencias emanadas de aquellos tribunales que integran el Poder Judicial, tratado en el Capítulo V de nuestra Constitución, sino a "Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción", como sucede con el Juez sustanciador. Así́ se ha razonado además por la Excma. Corte Suprema en causas Rol 7.592-2015 y 16.619-2016, entre otras. 4°) Que, aclarada la natu

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2 y 196 del Código Tributario, 153 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha 08 de junio de 2022, dictada por el Juez Sustanciador de la Tesorería Regional de Los Lagos y en su lugar se declara abandonado el procedimiento de autos respecto de la ejecutada Gisela Iris Gómez Nannig, en los expedientes administrativos Roles 519-1992, 510-1993, 1004-1997, 1002-1998 y 1002-2004. Redacción a cargo del Ministro Sr. Jorge Pizarro Astudillo. Devuélvase. Rol Tributario 2-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Claudio Magnere, en representación convencional de Gisela Iris Gómez Nannig, parte ejecutada en los procesos de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Regional de Los Lagos Roles 519-1992, 510-1993, 1004-1997

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