VELÁSQUEZ/FISCO EJÉRCITO COMISIÓN DE SANIDAD
Rol
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 8 de mayo de 2024 comparece don Cristian Velásquez Cubillos, empleado público, quien deduce acción de protección en contra del Ejército de Chile, representado legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, por la omisión arbitraria e ilegal que invoca respecto de notificarlo del acto administrativo en el cual se sustenta el no pago de sus remuneraciones, como también por no satisfacerse sus prestaciones de seguridad social, atenciones médicas, de rehabilitación y pago de sus remuneraciones, mientras se encuentre con licencia médica. Sostiene que lo anterior implica una vulneración a sus derechos constitucionales, específicamente el artículo 19 números 1 y 2 relacionado con el 18, de la Constitución Política de la República de la República. Pide ordenar las medidas que se estimen pertinentes para el restablecimiento del imperio del derecho y, en definitiva, se disponga el otorgamiento de las correspondientes prestaciones de seguridad social, atenciones médicas, de rehabilitación y el pago de sus remuneraciones mientras se encuentre con licencia médica y no sea dado de alta por su médico tratante y la Comisión de Sanidad del Ejército no se pronuncie respecto a si le corresponde algún grado de inutilidad en caso de mantenerse las secuelas, o lo que se determine en derecho corresponde con la finalidad de resguardarlo. Fundamenta que fue nombrado como Soldado de Tropa Profesional en el Ejército de Chile con fecha 31 de marzo de 2019. Así, narra que en el año 2022 y mientras se encontraba prestando servicios en la Macro Zona Sur, sufrió un accidente en el cual se lesionó su rodilla, cuyo diagnóstico fue Rotura ligamento cruzado anterior rodilla derecha operada. Añade que tuvo lugar una segunda operación derivada del accidente en acto del servicio, la cual se efectuó el 04 de abril de 2024, estando con licencia médica total, en principio por 30 días. Explica que el 22 de abril de 2024, se percató que el Ejército de C
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de don Cristián Velásquez Cubillos, en contra del Ejército de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción del abogado integrante señor Jorge Hales N°Protección-12581-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que con fecha 8 de mayo de 2024 comparece don Cristian Velásquez Cubillos, empleado público, quien deduce acción de protección en contra del Ejército de Chile, representado legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, por la omisión arbitraria e ilegal que invoca respecto de notificarl
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