MARIA PIA MARGOZZINI POLI C/ MAX ARTURO MARTIN RIVERA
Rol
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN.ART. 213.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en el artículo 370 del Código de Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de julio de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT 1055-2019, seguidos ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. Devuélvase la competencia N°Penal-4392-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. A los folios 16, 17, 18, 19 y 20; a todo, téngase presente. Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces,
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