ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, no obstante lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N°19.968, el artículo 13 del referido cuerpo legal ordena al juez adoptar de oficio todas las medidas necesarias para dar curso progresivo al procedimiento, principio de especial observancia en las medidas destinadas a otorgar protección a los niños, niñas y adolescentes, como la de autos, que tiende a otorgar certeza jurídica respecto de los cuidados de la niña. También debe tenerse presente, para resolver en ese ...
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, revocando el abogado Arturo Araya. San Miguel, 26 de agosto de 2024. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que, no obstante lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N°19.968, el artículo 13 del referido cuerpo legal ordena al juez adoptar de oficio todas las medidas necesarias para
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