GUARACHI MALAGA FELICIANO/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Rol
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Andrés Delgado González, abogado, en representación de Feliciano Guarachi Malaga, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por haberse negado de manera arbitraria e injustificada a practicar el otorgamiento de canje penal del amparado. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que contraviene los principios Pro Homine e Indubio Pro Reo, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N° 7. Expone el amparado fue formalizado el 14 de enero de 2024 en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Taltal bajo el RUC: 2301425291-6, RIT 44-2024 y que en dicha audiencia se ofició al Registro Civil e Identificación para que practicara la diligencia de canje penal. Sin embargo, transcurridos más de ocho meses, el amparado aún no dispone de un RUN provisorio, pese a los sucesivos pide cuenta y audiencias de cautela de garantías realizados. Agrega que la situación se complejiza aún más, por encontrarse fijada en dichos autos la audiencia de preparación de juicio oral para el día 29 de agosto de 2024. Argumenta que el actuar del servicio recurrido se sustenta solo en el voluntarismo y por ello deviene en arbitraria, más aún cuando el Juzgado de Garantía de Taltal ha ordenado en al menos cinco oportunidades que se realice la diligencia. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare infringidos los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual, consagrados en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, y se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del Derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales violados, otorgando al amparado el canje penal e informándolo al Juzgado de Garantía de Taltal. Informando al tenor del recurso, la Juez Pres
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de amparo, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional que tiene por objeto resguardar la libertad personal o seguridad individual de las personas, frente acciones u omisiones ilegales que priven, restrinjan o perturben las garantías constitucionales mencionadas. SEGUNDO: Que, del análisis de los antecedentes aportados y los informes evacuados, esta Corte estima que no se configuran los presupuestos necesarios para acoger la presente acción constitucional de amparo. En efecto, si bien es cierto que existió una demora en la realización del canje penal del amparado, lo que podría haber afectado inicialmente su derecho a defensa, no es menos cierto que dicha situación ha sido subsanada por la autoridad recurrida. En este sentido, resulta determinante lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, organismo que ha dado cuenta de haber efectuado el canje penal solicitado respecto de don Feliciano Guarachi Málaga, asignándole el RUN provisorio. Esta actuación administrativa permite concluir que, a la fecha, el amparado cuenta con la identificación necesaria para enfrentar adecuadamente el proceso penal en su contra, desapareciendo así el fundamento principal de la acción de amparo interpuesta. TERCERO: Que, en consecuencia, habiendo cesado los motivos que dieron origen a la presente acción constitucional, no se advierte en la actualidad una privación, perturbación o amenaza a su libertad personal o seguridad individual que justifique la adopción de medidas por parte de esta Corte.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare infringidos los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual, consagrados en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, y se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del Derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales violados, otorgando al amparado el canje penal e informándolo al Juzgado de Garantía de Taltal. Informando al tenor del recurso, la Juez Presidente del Juzgado de Garantía de Taltal, doña Karen Andrea Herrera Iriarte, da cuenta de una serie de actuaciones realizadas en la causa RIT 44-2024, RUC 23-01425291, seguida contra el amparado Feliciano Guarachi Málaga por el delito de Tráfico Ilícito de drogas. Al respecto, informa que, desde la audiencia de control de detención efectuada el 14 de enero de 2024, en la que además se formalizó la investigación y se decretó la prisión preventiva del imputado, se han emitido reiteradas órdenes y oficios dirigidos al Servicio de Registro Civil e Identificación con el objeto de obtener la filiación penal y el correspondiente RUN provisorio para el amparado. Agrega que estas gestiones se han intensificado a partir del 26 de junio de 2024, fecha en que asumió como defensor privado don Andrés Delgado González, quien ha insistido en la necesidad de concretar el canje penal. Refiere que, no obstante los esfuerzos desplegados, que incluyen audiencias
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece Andrés Delgado González, abogado, en representación de Feliciano Guarachi Malaga, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por haberse negado de manera arbitraria e injustificada a practicar el otorgamiento de canje penal del amparado. Actuación que considera
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica