ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A CON GARCIA
Rol
Fecha
28 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don Luis Iván Martínez Pezo en contra de la resolución de fecha seis de agosto de dos mil veinticuatro, escrita en el expediente digitalizado, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra (S) Sra. Cecilia Subiabre Tapia, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso deducido en estos antecedentes. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-485-2024.(pjr/cwm)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don Luis Iván Martínez Pezo en contra de la resolución de fecha seis de agosto de dos mil veinticuatro, escrita en el expediente digitalizado, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra (S) Sra. Cecilia Subiabre Tapia, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso deducido en estos antecedentes. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-485-2024.(pjr/cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado don Luis Iván Martínez Pezo en contra de la resolución de fecha seis de agosto de dos mil veinticuatro, escrita en el expediente digitalizado, por improcedent
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