TORRES/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-36-2022
Fecha
24 de marzo de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Primero. Con fecha 03 de noviembre de 2022, comparece la parte demandada, I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA" y deduce excepción de pago total de la deuda, solicitando se acoja en definitiva, ordenándose además dejar sin efecto la retención ordenada a la Tesorería General de la República. Señala, que por resolución de 13 de octubre de 2022, se ordenó requerir de pago a la Municipalidad de Quillota, por la suma de $13.109.634.- conforme a la liquidación del crédito derivado de la sentencia de término firme de la causa laboral O-17-2022, bajo apercibimiento de embargo de bienes, disponiéndose además que la liquidación fuera notificada por receptor judicial a su parte, motivo por el cual el correo electrónico despachado para dicho propósito fue insuficiente como forma válida de notificación, no obstante, su parte pagó la suma total liquidada con fecha 28 de octubre de 2022, según documento acompañado que acompaña. Segundo. Contestando la parte demandante, sostiene que solo ha tomado conocimiento del pago por el documento acompañado de contrario y no cuenta con más antecedentes que digan relación con la excepción. Tercero. Con fecha 06 de diciembre de 2022, se declara admisible la excepción opuesta y se recibe a prueba. Cuarto. La parte demandada acompañó comprobante de nómina de pago N°9493341, de 28/10/2022, del Banco del Estado de Chile, efectuada por la Municipalidad de Quillota, de transferencia electrónica a la cuenta corriente del tribunal, por $13.109.634.- Quinto. Con fecha 25 de noviembre de 2022, se certifica en autos que el 22 de noviembre de 2022 se consignó en la cuenta corriente del tribuna la suma de $13.109.634.- Sexto. De acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, con fecha 12 de octubre de 2022 se ingresa la demanda de cumplimiento laboral con el objeto de requerir de pago a la Municipalidad de Quillota, por crédito derivado de la sentencia de término firme dictada en causa laboral O-17-2022. Con fecha 13 de octubre de 2022, se liquida e
Fallo
se declara admisible la excepción opuesta y se recibe a prueba. Cuarto. La parte demandada acompañó comprobante de nómina de pago N°9493341, de 28/10/2022, del Banco del Estado de Chile, efectuada por la Municipalidad de Quillota, de transferencia electrónica a la cuenta corriente del tribunal, por $13.109.634.- Quinto. Con fecha 25 de noviembre de 2022, se certifica en autos que el 22 de noviembre de 2022 se consignó en la cuenta corriente del tribuna la suma de $13.109.634.- Sexto. De acuerdo a los antecedentes que obran en la causa, con fecha 12 de octubre de 2022 se ingresa la demanda de cumplimiento laboral con el objeto de requerir de pago a la Municipalidad de Quillota, por crédito derivado de la sentencia de término firme dictada en causa laboral O-17-2022. Con fecha 13 de octubre de 2022, se liquida el crédito, que arroja un total de $13.109.634. Con fecha22 de noviembre de 2022 se consigna en la cuenta corriente del tribunal la suma de $13.109.634.- Habiendo realizado el pago luego de practicada la liquidación del crédito y antes de que ésta fuese notificada legalmente a la demandada, pagó la suma de $13.109.634.-, que corresponde al total de lo liquidado, por lo que procede hacer lugar a la excepción opuesta. Séptimo. La prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto además lo dispuesto en los artículos 463 y siguientes del Código del Trabajo, 160, 170, 342, 346 del Código
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Quillota, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Primero. Con fecha 03 de noviembre de 2022, comparece la parte demandada, I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA" y deduce excepción de pago total de la deuda, solicitando se acoja en definitiva, ordenándose además dejar sin efecto la retención ordenada a la Tesorería General de la República. Señala, que por resolución de 13 de octubre de 2022
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