SIN INFORMACION

LABORATORIOS ANDRÓMACO S.A./VIGESIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. N° 11695-2024)

Rol

Fecha

23 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Puyol Crespo, abogado, en representación del demandado Laboratorios Andrómaco S.A., deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 19 de julio pasado, dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, en causa rol C-11459-2023, por medio de la cual el tribunal concedió un recurso de apelación en ambos efectos, debiendo haberlo concedido, a juicio del recurrente, en el solo efecto devolutivo. Explica que el procedimiento seguido ante el tribunal a quo es una reclamación sanitaria en juicio sumario, dirigida en contra de la resolución del Instituto de Salud Pública que estableció una sanción administrativa en contra de Laboratorios Andrómaco S.A., regido por el artículo 171 del Código Sanitario. Explica que con fecha 5 de junio de 2024 se dictó sentencia definitiva que acogió en todas sus partes su demanda, dejando sin efecto la multa impuesta, pero que, sin embargo, el Instituto de Salud Pública con fecha 4 de julio de este año dedujo recurso de apelación, el que finalmente fue concedido el día 19 de julio recién pasado en ambos efectos, cuestión que sostiene el recurrente es erróneo, ya que al concederse la apelación en ambos efectos, se produce la paradoja de que la resolución impugnada y las multas contenidas en ella se mantienen vigentes, y pueden ser cobradas. Sostiene el recurrente que esta circunstancia justifica la aplicación de la excepción contemplada en el artículo 691 N°1 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto estima que de no concederse de dicha manera, pueden eludirse los resultados del juicio, ya que el propio artículo 172 del Código Sanitario establece que las resoluciones dictadas por la autoridad sanitaria podrán cumplirse no obstante estar pendiente la reclamación judicial, sin perjuicio de lo que por sentencia definitiva ejecutoriada o que cause ejecutoria resuelva la justicia ordinaria al pronunciarse sobre ella, por lo que insiste en que esta apelación debía de

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 158, 194, 195 196 y 691 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el falso recurso de hecho interpuesto con fecha 29 de julio de 2024, dirigido en contra de la resolución de 19 de este mismo mes y año dictada por el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago en causa rol C-8265-2021. Déjese copia de la presente sentencia en los autos seguidos en esta Corte en el Ingreso N° Civil 11.695-2024. Regístrese y archívese. N°Civil-12131-2024. En Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Puyol Crespo, abogado, en representación del demandado Laboratorios Andrómaco S.A., deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 19 de julio pasado, dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, en causa rol C-11459-2023, por medio de la cual el

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