JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

MINISTERIO PÚBLICO CONTRA BUSTAMANTE

Rol

Fecha

23 de agosto de 2024

Materia

DESTRUCCIÓN O ALTERACIÓN DE DESLINDES. ART. 462 Y 462 BIS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que en estos autos, el Ministerio Público dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros el cinco de agosto del año en curso, en la causa RIT 2414-2023, en la audiencia de preparación del juicio oral simplificado, que excluyó como prueba autónoma el informe pericial de paisajismo y urbanismo N°79/2023 de la brigada investigadora de delitos económicos Rancagua. 2.- Que, la resolución que excluyó dicha prueba se basó, en síntesis, en que el documento que contiene el informe pericial no puede ser incorporado como prueba independiente, por cuanto la prueba pericial consiste en la declaración del perito ante el tribunal acerca de su informe, según lo exige el artículo 315 del Código Procesal Penal. 3.- Que, de lo anterior, resulta manifiesto que la exclusión en cuestión no se basa en la única causal que resulta apelable, cual es, la establecida en el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal, por cuanto no se advierte que la misma se sustente en una infracción de garantías constitucionales, ni tampoco que la inadmisibilidad del informe declarada por el juez de garantía encubra la causal que pretende el ente persecutor, todo lo cual justifica declarar inadmisible el recurso de apelación. 4.- Que, por lo demás, resulta irrelevante el recurso de apelación deducido, por cuanto el tribunal admitió la incorporación al juicio de la declaración del perito que confeccionó dicho informe, el que, en todo caso, siempre podrá ser utilizado por los intervinientes a través de las herramientas procesales, como refrescar memoria o superar contradicciones, establecidas en los artículos 331 y 332 del Código Procesal Penal. Por lo anterior y de conformidad con en los artículos 276, 277, 360 y 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución apelada de cinco de octubre de dos mil veinticuatro, dic

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución apelada de cinco de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros, en causa RIT 2414-2023. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1301-2024.Penal.

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que en estos autos, el Ministerio Público dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros el cinco de agosto del año en curso, en la causa RIT 2414-2023, en la audiencia de preparación del juicio oral simplificado, que excluyó como prue

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