JUZGADO DE FAMILIA COYHAIQUE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de agosto de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de la apoderada de la parte demandada, constatándose que en la liquidación por ella objetada, de fecha 1 de julio de 2024, no se consideraron depósitos en la cuenta Rut de la demandante, lo que ésta, en el traslado evacuado, no controvirtió, alegando simplemente que dicha cuenta “era para otros fines entre el alimentante y doña IRINA”, sin señalar la causa que le atribuye a dichos traspasos de dinero, debiendo ésta haber acreditado el hecho positivo invocado, motivo por el cual no cabe sino concluir que tales transferencias constituirían abonos a la deuda ...

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de la apoderada de la parte demandada, constatándose que en la liquidación por ella objetada, de fecha 1 de julio de 2024, no se consideraron depósitos en la cuenta Rut de la demandante, lo que ésta, en el traslado evacuado, no controvirtió, alegando simplemente que

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