MORGADO/CLINICA ATACAMA SPA
Rol
Fecha
23 de agosto de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Teniendo presente que respecto de la resolución impugnada esto es, aquella dictada con fecha de 26 de abril pasado, rolante a folio 12 del cuaderno de excepciones dilatorias, del expediente de primera instancia, que tiene por subsanado los defectos que adolece la demanda, y que respecto de esto es lo que se recurre, es posible concluir que su naturaleza jurídica es de un mero decreto que no reúne los requisitos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, esto es, no altera la sustanciación regular del juicio, ni ha recaído sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley y visto además lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el citado recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por el abogado don Gonzalo Aguilera Jofré en el folio 13 del cuaderno de excepciones dilatoria del expediente de primera instancia. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-321-2024./iac
Fallo
se declara inadmisible el citado recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por el abogado don Gonzalo Aguilera Jofré en el folio 13 del cuaderno de excepciones dilatoria del expediente de primera instancia. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. N°Civil-321-2024./iac
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Teniendo presente que respecto de la resolución impugnada esto es, aquella dictada con fecha de 26 de abril pasado, rolante a folio 12 del cuaderno de excepciones dilatorias, del expediente de primera instancia, que tiene por subsanado los defectos que adolece la demanda, y que respecto de esto es lo que se recurre, es
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