3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

MORENO RODILLO MARIA ANTONIETA / ERLER GODOY JUAN PABLO

Rol

Fecha

27 de agosto de 2024

Materia

OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695

Resultado

CONFIRMADA/INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandada en contra de la resolución de quince de septiembre de dos mil veintitrés, por improcedente. Respecto de causa Rol N°1488-2023: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Respecto de causa Rol N°1489-2023: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Respecto de causa Rol N°1938-2023: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandante en contra de la resolución de siete de diciembre de dos mil veintitrés, por improcedente. Respecto de la causa Rol N°64-2024: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, se alzó en contra de la sentencia de fecha quince de diciembre de dos mil veintitrés la parte demandada, solicitando la revocación de la misma y pidiendo el rechazo de la oposición planteada por el demandante. 2° Que, en esta sede la demandada acompaña prueba documental consistente en 1. Copia de notificación de fecha 26 de septiembre 2018 del expediente Rol: 2782-2014 del 2° Juzgado de Letras de La Serena a folio 125 notificaciones que aparece con color rojo nula en el sistema. 2. Patrocinio y poder de la abogado Alejandra Valdovino con su cliente en dicha causa Rol C 2782-2014 (Representando a don Steffano Campodónico) a folio 17. 3. Notificación al solicitante- demandado don juan Pablo Erler Godoy en fecha 04 de mayo 2023 a folio 184. 4. Dos avisos publicado el 23 agosto 2023 en Diario El D

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandada en contra de la resolución de quince de septiembre de dos mil veintitrés, por improcedente. Respecto de causa Rol N°1488-2023: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Respecto de causa Rol N°1489-2023: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 226 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Respecto de causa Rol N°1938-2023: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandante en contra de la resolución de siete de diciembre de dos mil veintitrés, por improcedente. Respecto de la causa Rol N°64-2024: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, se alzó en contra de la sentencia de fecha quince de diciembre de dos mil veintitrés la parte demandada, solicitando la revocación de la misma y pidiendo el rechazo de la oposición planteada por el demandante. 2° Que, en esta sede la demandada acompaña prueba documental consistente en 1. Copia de notificación de fecha 26 de septiembre 2018 del expediente Rol: 2782-2014 del 2° Juzgado de Let

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Moreno Rodillo, María y otros Erler Godoy, Juan Pablo Oposición regularización posesión D.L.2695 Rol N°64-2024 y acumuladas (Rol N°C-156-2023 del Tercer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. Respecto de causa Rol N°1486-2023: VISTOS: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurs

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