2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

MUÑOZ/WINPACK S.A.

Rol

Fecha

22 de agosto de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento monitorio, se sustanciaron los autos RIT M-248-2023, por despido injustificado, caratulados “Muñoz Castro, Pablo Florencio con Winpack S.A.”. Por sentencia de catorce de julio de dos mil veintitrés, dictada por la jueza doña Olaya Gahona Flores, se acogió la demanda de despido injustificado e improcedente. En contra de este fallo, recurre de nulidad la parte demandada, representada por el abogado don Francisco Fernández Silva, deduciendo de manera principal la causal contemplada en la segunda parte del artículo 477 y, a continuación, en subsidio, la señalada en el artículo 478 letra b), ambos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día trece de junio último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: La demandada ha cuestionado el

Fallo

fallo dictado en esta causa a través del recurso de nulidad; así, de manera principal, hace valer como motivo de invalidación, el contenido en el artículo 477 del Código del Trabajo, en su vertiente de infracción de ley, en este caso por vulneración de los artículos 161 y 162 del Código del Trabajo. Segundo: Argumenta que la carta de despido cumple con los requisitos legales y especificaciones exigidas en las normas que denuncia transgredidas, ya que la misiva contiene el motivo de fondo en que se basa el despido del trabajador demandante, consistente en (i) una baja producción, luego los efectos que de ello se sigue (ii) la reestructuración del área y finalmente (iii) que por ella se ha eliminado el cargo del actor. Alega que pese a lo anterior, el sentenciador concluyó que la carta de despido no era suficientemente específica, estableciendo un estándar más allá del establecido en la Ley, la doctrina y jurisprudencia para el contenido de la carta de despido, cuestión que no resulta admisible y constituye, por tanto, una infracción de Ley. Tercero: En atención a la causal de nulidad deducida por la parte recurrente, es necesario tener presente que, reiteradamente se ha dicho que, esta resulta procedente en el evento que el fallo aplique incorrectamente el derecho llamado a regir la cuestión que motiva la controversia y ello puede tener lugar, en primer término, en los casos de contravención formal de la ley, o sea, aquéllos en que el fallo prescinde de la ley o falla en op

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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento monitorio, se sustanciaron los autos RIT M-248-2023, por despido injustificado, caratulados “Muñoz Castro, Pablo Florencio con Winpack S.A.”. Por sentencia de catorce de julio de dos mil veintitrés, dictada por la jueza doña

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