FERNÁNDEZ/FISCALIA LOCAL DE LOS VILOS
Rol
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Karinna Fernández Neira, abogada y querellante en la causa contra el Alto Mando de Carabineros, RUC 2110018984-1, e interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Fiscalía Nacional, según los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que se exponen. Señala que el día 10 de enero de 2024, la abogada reclamante presentó, en su calidad de querellante en la causa RUC 2110018984-1, en la Fiscalía Nacional la solicitud de acceso a la información pública, a través del formulario SIAU Nº 20797, sobre copia de la resolución que da origen al comunicado de prensa emitido por la Fiscalía Nacional titulado 'Fiscal Nacional Rechazada Solicitud de Inhabilitación Contra Fiscal Armendáriz' de fecha 10 de enero de 2024, ya que no consta ninguna resolución del Fiscal Nacional en la carpeta fiscal ni se me ha notificado vía judicial de esta resolución, y de cualquier requerimiento administrativo que haya dado origen a que el mentado comunicado de prensa y -eventualmente- la correspondiente resolución, hiciera referencia a la causa mencionada. Lo anterior lo fundamenta en la necesidad de contar con dicha resolución, especialmente ante la posibilidad que la resolución administrativa haga referencia expresa a la causa RUC 2110018984-1, lo que entonces justificaría otra clase de requerimientos de esta representación a la máxima autoridad del Ministerio Público. Precisa que el día 13 de febrero de 2024, se le remite vía email respuesta mediante una carta de la Directora Ejecutiva Nacional a la solicitud que realizó vía transparencia que indica que por no ser interviniente en la causa RUC 1910055637-8, ni ser la Ley N° 20.285 una vía para obtener acceso a antecedentes concernientes a una investigación penal, no es posible acceder al requerimiento. Arguye que existe vulneración de acceso a la información, afirmando que el origen del requerimiento se encuentra en un comunicado de prensa que alude expresamente a la causa RUC 2110018984-1, siendo indispensable para el apropiado acceso a la justicia de su parte conocer si la resolución administrativa que origina dicho comunicado hace o no mención a la causa RUC 2110018984-1, y adicionalmente a su legitimidad para requerir dicho antecedente, aludo a la naturaleza de la resolución que ha solicitado formalmente al Ministerio Público. Ello, señala, por cuanto, lo que justamente da cuenta del carácter administrativo del acto o resolución de la que solicita copia, proviene del Fiscal Nacional, no tratándose de un antecedente de la investigación penal, ni declaración ni el resultado de una diligencia policial, más si es parte querellante en la causa que incide esa decisión. Indica que ha interpuesto el presente reclamo de conformidad al artículo 8 de la Constitución Política de la República, así como los principios y fines salvaguardados por la Ley de Acceso a la Información Pública, Ley N° 20.285, como el derecho al acceso a la información contenido en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, invocando el artículo 9° Transitorio de la Ley N° 20.285, que expresamente prescribe que vencido el plazo legal para que el Ministerio Público proceda a la entrega de la información requerida vía mecanismo de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 11, 14, 21 N° 1 letra a) y 9° Transitorio de la Ley N° 20.285 y 25 de la Ley N° 19.880, se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad deducido por la abogada Karinna Fernández Neira en contra de la Fiscalía Nacional. Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro Tomás Gray. N°Contencioso Administrativo-157-2024. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Karinna Fernández Neira, abogada y querellante en la causa contra el Alto Mando de Carabineros, RUC 2110018984-1, e interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Fiscalía Nacional, según los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen. Señala que el día 10 de enero de 202
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