VIDELA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL BOSQUE.
Rol
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
DAÑO MORAL
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Primero: Que el abogado de la parte demandante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel que acogió la excepción de falta de legitimación activa y rechazó la denuncia de tutela laboral, fundado conjuntamente en lo dispuesto en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República y en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Segundo: Que en primer lugar se debe tener presente que la disposición constitucional invocada por el recurrente no es una causal legal prevista para impugnar la sentencia en sede laboral. Tercero: Que, además, se advierte que el libelo de nulidad corresponde a una transcripción íntegra del fallo que se pretende invalidar sin desarrollo alguno de los vicios denunciados. En efecto, el recurrente se limita a señalar que la sentencia se ha pronunciado con un retardo de más de un año, lo que no refleja un debido proceso y agrega que la situación relatada deja al descubierto lo ocurrido. Cuarto: Que, en consecuencia, existe una clara falta de fundamentación en el libelo que lo hace ininteligible, por lo que no podrá prosperar. Por estas consideraciones y lo previsto en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de nulidad deducido por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Archívese y devuélvase en su oportunidad vía interconexión. Rol N°487-2024 LAB.
Fallo
fallo que se pretende invalidar sin desarrollo alguno de los vicios denunciados. En efecto, el recurrente se limita a señalar que la sentencia se ha pronunciado con un retardo de más de un año, lo que no refleja un debido proceso y agrega que la situación relatada deja al descubierto lo ocurrido. Cuarto: Que, en consecuencia, existe una clara falta de fundamentación en el libelo que lo hace ininteligible, por lo que no podrá prosperar. Por estas consideraciones y lo previsto en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de nulidad deducido por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Archívese y devuélvase en su oportunidad vía interconexión. Rol N°487-2024 LAB.
Texto Completo (Preview)
CH (nkg) San Miguel, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que el abogado de la parte demandante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel que acogió la excepción de falta de legitimación activa y rechazó la denuncia de tutela laboral, fundado conj
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