SIN INFORMACION

GOMEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de YOHELIA COROMOTO GOMEZ ROSARIO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no ha puesto a su disposición el estampado electrónico de la visa temporal otorgada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita a esta Corte ordenar a la recurrida que emita su parecer en el más breve plazo, con costas. Que, se evacuó informe solicitado y se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en la disponibilidad del estampado electrónico de la visa temporal otorgada al recurrente. Segundo: Que, de los antecedentes se desprende que mediante Resolución Exenta N°43113 de 13 de septiembre de 2023 se regularizo la permanencia en el país de la recurrente y se otorgó un permiso de residencia temporal, valido por el plazo de un año, encontrándose disponible el estampado electrónico hasta el 14 de marzo del presente año, sin que se haya descargado por parte de la actora. Tercero: Que, de lo informado por el Servicio y los antecedentes acompañados, se desprende que la recurrente tuvo la posibilidad de descargar el estampado electrónico en su oportunidad, no acreditándose suficientemente por esta la indisponibilidad señalada en su arbitrio, de lo que se concluye que no ha existido una omisión ilegal o arbitraria de parte del Servicio recurrido, razón por la que se desestimará el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de YOHELIA COROMOTO GOMEZ ROSARIO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Sin perjuicio, del derecho que le asiste de iniciar el respectivo procedimiento de ratificación. Regístrese, comuníquese, certifíquese una vez ejecutoriada y archívese en su oportunidad. N°Protección-4786-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, a folio 1 se recurrió de protección en favor de YOHELIA COROMOTO GOMEZ ROSARIO, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no ha puesto a su disposición el estampado electrónico de la visa temporal otorgada, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita a est

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