SEDIVET SPA Y OTRO / LEIVA FREDES Y OTROS
Rol
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mario Rivera Araya, abogado, en representación de la sociedad veterinaria Sedivet SpA, representada por Pedro Javier Hegouaburu Oyhanart, médico veterinario, interpone recurso de protección en contra de Tamara Leiva Fredes; Evelyn Leiva Fredes; Jessica Pamela Fredes Alburquenque, y; de Alfonso Salvador Leiva Ascencio, quienes a su juicio habrían conculcado sus garantías fundamentales contempladas en el artículo 19 números 1, 4 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que el 12 de diciembre de 2023, Tamara Leiva, concurrió junto a sus padres Jessica Fredes y Alfonso Leiva a su consulta veterinaria para someter a su mascota, el perro de raza yorkshire y de nombre Kylie, a un procedimiento de endoscopía respiratoria por el motivo de “cuerpo extraño”. Refiere que con anterioridad se le solicitó y esta remitió una serie de exámenes médicos que le fueron requeridos para realizar dicho procedimiento médico, no arrojando estos alguna contraindicación para proceder. Agrega que se realizó evaluación pre-anestésica con normalidad, se procedió a anestesiarla y que dado su comportamiento ansioso se decidió premedicarla para controlar el estrés de la situación, encontrándose estable se extrajo cuerpo extraño de la zona nasofaríngea tras lo que presentó un sangrado moderado que fue controlado. Indica que al continuar con el procedimiento el paciente entra en crisis, cayendo la capnografía, con ritmo sinusal según electrocardiograma, pero con constante frecuencia cardiaca y presión arterial, presentando baja oxigenación (menor a 90%), descartándose obstrucción del traqueotubo que mantenía, el que de todas formas se cambió, no obstante la resistencia ventilatoria continuó, teniendo que realizar maniobras de reanimación por ausencia de latido cardiaco por 7 ciclos de 2 minutos, administrándose medicación, tras lo cual de todas formas el paciente presentó un paro cardiorespiratorio, pasando 15 minutos hasta que se declaró el f
Fallo
por tanto, sometidos al imperio del derecho. Sexto: Que, además, el recurso de estos autos fue interpuesto el 8 de marzo pasado ante esta Corte, por hechos del 12 de diciembre de 2023, encontrándose fuera del plazo contemplado en el Auto Acordado de Tramitación del Recurso de Protección, habiendo recurrido previamente ante la Corte de Apelaciones de Santiago por los mismos hechos, declarándose inadmisible dicho arbitrio, resolución confirmada por la Excelentísima Corte Suprema el 6 de marzo pasado. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de Sedivet SpA, representada por Pedro Javier Hegouaburu Oyhanart. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº1092-2024 Protección
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegaron por el recurso el abogado Mario Rivera Araya y en contra de ése el abogado Rodrigo Muñoz Silva. San Miguel, 21 de agosto de 2024. San Miguel, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. A los folios 34 y 35: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mario Rivera Araya, abogado, en representación de la sociedad veterinaria Sedivet SpA, representada
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