LUIS ORLANDO RIOS SAEZ CON FISCO DE CHILE / CDE
Rol
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS: Primero: Que ambos litigantes se alzaron contra la sentencia definitiva de dieciocho de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1797-2020, que rechazó las excepciones de reparación satisfactiva y de prescripción opuestas por el Fisco de Chile; desechó la alegación subsidiaria de imputar al monto indemnizatorio las sumas recibidas por el actor en virtud de las denominadas Leyes de Reparación; y acogió la demanda de indemnización de perjuicios, ordenando el pago de $30.000.000, más reajustes e intereses, por concepto de daño moral. Segundo: Que la parte demandante solicitó que el fallo en examen sea confirmado con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio a la suma de $400.000.000 o lo que esta Corte determine de acuerdo al mérito del proceso. Considera que la indemnización fijada es muy baja atendido el daño provocado a su representado, alejándose de los estándares fijados por los Tribunales Superiores de Justicia de nuestro país en casos similares. Tercero: Que, por su parte, el Fisco de Chile estima agraviante el rechazo de la excepción de reparación satisfactiva reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio en lo que dice relación con la excepción de prescripción, y considera que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. En un tercer acápite recursivo, en lo que concierne al monto indemnizatorio, afirma que no se acreditó el daño moral ni su entidad y, finalmente sostiene que el fallo cuestionado condenó al Fisco de Chile a pagar reajustes e intereses que no corresponden a aquellos solicitados en la demanda, específicamente en cuanto al período de imposición, toda vez que se reclamaron increment
Fundamentos
motivos precedentes, no cabe duda que la imprescriptibilidad de las acciones en materia de delitos de lesa humanidad se extiende igualmente al ámbito de las acciones civiles que persiguen la reparación del daño ocasionado. Décimo cuarto: Que ahora bien, en lo que concierne al monto indemnizatorio, cuestionado por ambos litigantes, cabe tener presente que el
Fallo
fallo en examen sea confirmado con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio a la suma de $400.000.000 o lo que esta Corte determine de acuerdo al mérito del proceso. Considera que la indemnización fijada es muy baja atendido el daño provocado a su representado, alejándose de los estándares fijados por los Tribunales Superiores de Justicia de nuestro país en casos similares. Tercero: Que, por su parte, el Fisco de Chile estima agraviante el rechazo de la excepción de reparación satisfactiva reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio en lo que dice relación con la excepción de prescripción, y considera que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. En un tercer acápite recursivo, en lo que concierne al monto indemnizatorio, afirma que no se acreditó el daño moral ni su entidad y, finalmente sostiene que el fallo cuestionado condenó al Fisco de Chile a pagar reajustes e intereses que no corresponden a aquellos solicitados en la demanda, específicamente en cuanto al período de imposición, toda vez que se reclamaron incrementos entre la notificación de la demanda y el pago efectivo, pero el juez otorgó reajustes entre el mes anterior al de la sentencia e intereses desde que l
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C.A. de Concepción Concepción, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Primero: Que ambos litigantes se alzaron contra la sentencia definitiva de dieciocho de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1797-2020, que rechazó las excepciones de reparación satisfactiva y de prescripción opuestas por el Fisco de Chile; desechó la a
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