REDOLÉS/AEDO
Rol
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1°. - Que, el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales dispone que el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional y sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2°. - Que, en la especie, la resolución que se impugna mediante tal arbitrio es aquella dictada por la jueza recurrida con fecha doce de agosto último, en virtud de la cual, citó a las partes a oír sentencia, la que no comparte la naturaleza jurídica indicada precedentemente, de modo que el recurso interpuesto no resulta procedente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de queja deducido por la abogada doña Javiera Cerda Villalobos en contra de la Jueza señora Milena Aedo Zapata. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: por acompañados. Al tercer otrosí: téngase presente. N°Civil-610-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de queja deducido por la abogada doña Javiera Cerda Villalobos en contra de la Jueza señora Milena Aedo Zapata. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: por acompañados. Al tercer otrosí: téngase presente. N°Civil-610-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillan GHS/ Chillan, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. A lo principal: Visto: 1°. - Que, el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales dispone que el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional y sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en sentencia interlocut
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