JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

C/WILKER DAVID CORDERO REQUENA

Rol

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro de fuga, en atención a la naturaleza y gravedad del ilícito y la circunstancia de no existir antecedentes que demuestren la existencia de arraigo familiar o social en país, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de agosto en curso, dictada en los autos RIT 6989-2024 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Wilker David Cordero Requena, por constituir su libertad un peligro de fuga y disponer el otorgamiento de una caución. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3029-2024 Penal

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Fecha: a veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 3029-2024 RIT: 6989-2024 Ruc: 2400938502-5 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Sebastian Vergara de la Rivera Abogado asesor del Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor penal pública: Carolina Robledo Peña Imputado: Wilker David Cordero Requena Tipo De Recurso: Apelación-cautelar Del

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