JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/BYRON ANDRÉS ROJAS URZÚA

Rol

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, y dada la existencia de sentencia condenatoria de primer grado no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se condenó a imputado Byron Andrés Rojas Urzúa y su participación en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del sentenciado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, gravedad, forma de comisión del ilícito, bien jurídico afectado, pena impuesta y eventual forma de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de diecinueve de agosto en curso, dictada en los autos RIT 717-2024 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Byron Andrés Rojas Urzúa por medidas cautelares de menor intensidad y, en su lugar, se declara que se mantiene la referida medida cautelar de prisión preventiva del imputado antes nombrado, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para cumplir lo antes resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3018-2024 Penal

Fallo

se declara que se mantiene la referida medida cautelar de prisión preventiva del imputado antes nombrado, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para cumplir lo antes resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3018-2024 Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: a veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 3018-2024 RIT: 717-2024 Ruc: 2400110961-4 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Sebastian Vergara de la Rivera Abogado asesor del Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor penal pública: Carolina Robledo Peña Imputado: Byron Andrés Rojas Urzúa Tipo De Recurso: Apelación-cautelar Delito:

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