JUZGADO DE GARANTIA DE YUNGAY

MINISTERIO PUBLICO / GUILLERMO ARTURO MORA VICENCIO Y OTROS

Rol

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que no hizo lugar a conceder la aplicación de una pena mixta, conforme al artículo 33 de la ley 18.216, fundado en que el Informe de Gendarmería de Chile no es vinculante para negar lugar a lo solicitado. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, teniendo presente que el condenado no cuenta con un informe favorable de parte de Gendarmería de Chile. 3°.- Que, el artículo 33 de la ley 18.216 establece que tribunal podrá, previo informe favorable de Gendarmería de Chile, disponer la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, reemplazándola por el régimen de libertad vigilada intensiva. 4°.- Que, conforme a los antecedentes aportados por las partes, el condenado no cuenta con el informe favorable señalado en el número anterior, el que de acuerdo a la redacción de la norma resulta vinculante para el tribunal, siendo, en consecuencia, improcedente la interrupción de la pena privativa de libertad solicitada. Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 33 de la ley 18.216 y 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de ocho de agosto último. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-743-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 33 de la ley 18.216 y 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de ocho de agosto último. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-743-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillán, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que no hizo lugar a conceder la aplicación de una pena mixta, conforme al artículo 33 de la ley 18.216, fundado en que el Informe de Gendarmería de Chile no es vinculante para negar lugar a lo solicitado. 2°.- Que, el Ministerio

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