BARRIOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Michell Nicole Barrios Toro, ciudadana venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión, que estima arbitraria e ilegal, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temporal presentada el 27 de septiembre de 2023, lo que infringe la garantía establecida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Relata que fue contratada por la empresa chilena Innovación y Desarrollo Tecnológico WiTI Spa desde el 16 de marzo del año 2023 y por ello que es que 22 de septiembre del año 2023, solicitó visa temporal desde su país de origen, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en Chile, la cual a la fecha aun no ha sido respondido. Menciona que al no contar con una visa vigente para poder ingresar al país se ha visto coartada y postergada la libertad de acceder a distintos programas que preparan dentro de la empresa por no encontrarse en el país, ya que se encuentran inmersos por un trámite tardío y demorado, limitando la capacidad de contratar servicios, abrir cuentas bancarias chilena, establecerse en el país donde se encuentra su trabajo para así poder entregar lo mejor de ella en forma presencial y poder postular a cargos de mayor rango entre otros, vulnerando el derecho de igualdad ante la ley. Agrega que no procede alegar el caso fortuito o fuerza mayor del artículo 27 de la ley N°19.880, debiendo resolver en forma eficaz y dentro de un plazo razonable, lo que no se ha verificado. Pide, en definitiva, se ordene a la recurrida que se pronuncie y concluya dentro de un plazo razonable la solicitud de Residencia Temporal de la parte recurrente, con costas. SEGUNDO: Que evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por no existir acto u omisión de su parte que pueda ser calificado como arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido en favor de doña Michell Nicole Barrios Toro, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Sin perjuicio de lo resuelto, se hace presente al recurrido que debe emitir pronunciamiento dentro de un plazo razonable. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección-12395-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio 13: téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Michell Nicole Barrios Toro, ciudadana venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión, que estima arbitraria e ilegal, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temp
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