JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

C/ DIEGO ARMANDO BOLLATI PEREZ

Rol

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 370 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha ocho de agosto del año en curso, dictada en los autos RIT O-4000-2024, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Colina, por la que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva en contra del imputado Diego Armando Bollati Pereza. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-4767-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Waldo Parra Pizarro. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-4767-2024 Ruc: 2400926731-6 Rit : O-4000-2024 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: las Ministras señora Maritza Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Waldo Parra Pizarro Relatora: Karen Acevedo Vicencio Digitadora: Carla Tra

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