SIN INFORMACION

JARA/ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A.

Rol

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Eduardo Antonio Jara Boggioni e interpone recurso de protección en contra de ENEL Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en cobros injustificados de suministro eléctrico, vulnerando las garantías contempladas en los numerales 1º y 4º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Para fundar su recurso señala como antecedentes de hecho que en el mes de junio de 2021 su medido electrónico de consumo de energía empezó a presentar problemas en su domicilio de la comuna de La Florida. Ante lo cual pidió su reparación o cambio, sin embargo, la recurrida solamente procedió a cobrarle el consumo promedio, aproximado de $50.000.- Sin embargo, ello solamente se cumplió por unos meses, presentándose con posterioridad otros inconvenientes relativos a facturaciones provisorias, dobles facturaciones mensuales, falta de facturaciones y cobros excesivos. Hace presente que reclamó ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (en adelante “SEC”) el 12 de junio de 2023, el que fue acogido y no se autorizó a ENEL a facturar los consumos cuestionados, por no encontrarse suficientemente acreditados. Por lo que se le instruye refacturar, utilizando el promedio de los consumos de los 3 meses posteriores a la normalización del servicio o del medidor. Ajustes que se podrían visualizar en las dos boletas posteriores al oficio. Reclama que luego de lo dictaminado por la SEC, la recurrida nuevamente incurrió en incumplimientos cobrando consumos supuestamente no registrados. Indica que por varios meses no tuvo medidor, sin perjuicio que igualmente le cobraban el arriendo del mismo. Por lo que volvió a reclamar ante la SEC en el mes de octubre de 2023, el que no fue acogido, basado en argumentos contrapuestos a lo anteriormente resuelto por dicha autoridad. Sostiene que, desde el mes de diciembre de 2023, ENEL ha continuado facturando consumos reales, aproximados $45.000.-, s

Fundamentos

considerando que esta acción jamás ha constituido una instancia declarativa de derechos, sino de protección de aquellos que, siendo indubitados, se encuentran afectados por alguna acción ilegal y o arbitraria, presupuestos que en autos no se configuran, por lo que no cabe sino concluir que el recurso de protección no podrá ser acogido.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA el recurso deducido en contra de ENEL Distribución Chile S.A. por Eduardo Antonio Jara Boggioni. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-11035-2024. En Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 18: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Eduardo Antonio Jara Boggioni e interpone recurso de protección en contra de ENEL Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en

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