ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de agosto de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que la parte demandante ha apelado en contra de la resolución que –de oficio- tuvo por no presentada la demanda de divorcio unilateral, por cuanto el demandante no acompañó el certificado de matrimonio entre las partes, citando como fundamento las facultades que el artículo 54-1 de la Ley N°19.968 le otorga a los jueces de familia para efectuar un control de admisibilidad de las demandas presentadas ante ellos; 2°) Que, conforme se advierte de dicho precepto legal, las únicas razones por las cuales el juez puede declarar inadmisible o rechazar in limine una demanda, es el incumplimiento de los requisitos formales para su...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que la parte demandante ha apelado en contra de la resolución que –de oficio- tuvo por no presentada la demanda de divorcio unilateral, por cuanto el demandante no acompañó el certificado de matrimonio entre las partes, citando como fundamento las facultades que el artículo 54-1 de la Ley N°19.968 le otorga a
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