GALAZ/ÁLVAREZ
Rol
Fecha
20 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1° Que el abogado don Víctor Manuel Daviú Mancilla, representante de la parte denunciante en los autos sobre tutela laboral, por vulneración de derechos fundamentales, Rol T-17-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, dedujo incidente de recusación en contra del juez José Marcelo Álvarez Rivera, por estimar que se encuentra afecto a la causal de recusación del artículo 196 Nº10 del Código Orgánico de Tribunales, lo que funda en el actuar del señor juez al emitir su opinión respecto del asunto controvertido durante el llamado a conciliación, y luego, en fase de producción probatoria, constituye abiertamente una anticipación de la decisión sobre el asunto sometido a la decisión del tribunal. 2° Que la causal de recusación del artículo 196 Nº10 del Código Orgánico de Tribunales, dispone: “Haber el juez manifestado de cualquier modo su dictamen sobre la cuestión pendiente, siempre que lo hubiere hecho con conocimiento de ella”. 3° Que, al evacuar el traslado conferido la contraria solicita el rechazó de la solicitud de recusación deducida al no cumplirse los presupuestos legales para ella. De la misma manera el juez Álvarez Rivera informó sobre la causal de recusación interpuesta en su contra, explicando lo acontecido durante la tramitación de la causa ya referida. 4° Que, este tribunal estima que no se configura la causal denunciada, por cuanto, el juez a quo en ningún caso anticipó una decisión o manifestó la decisión sobre la cuestión pendiente, en los términos del artículo 196 N°10 del Código Orgánico de Tribunales, pues las apreciaciones efectuadas por el juez en la etapa de conciliación se encuentran bajo el amparo de lo previsto en el numeral 2° del artículo 453 del Código del Trabajo. Por otro lado, las demás observaciones efectuadas por el juez durante la rendición de la prueba testimonial, se encuentran dentro de las facultades que contempla el numeral 6° del artículo 454 del código citado, careciendo las alegaciones efectuadas por el incidentista de la suficiencia necesaria que se necesita para configurar la hipótesis del numeral 10 del artículo 196 del Código del Trabajo. Por lo anterior, de conformidad a lo previsto en los artículos 113 y 122 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el incidente de recusación deducido por don el abogado don Víctor Manuel Daviú Mancilla, se le condena en costas y se le impone una multa equivalente a la suma consignada en el folio 3. Regístrese y archívese. N°Laboral - Cobranza-206-2024./mfr.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1° Que el abogado don Víctor Manuel Daviú Mancilla, representante de la parte denunciante en los autos sobre tutela laboral, por vulneración de derechos fundamentales, Rol T-17-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, dedujo incidente de recusación en contra del juez José Marcelo Álvarez Rivera, po
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