SIN INFORMACION

URQUIETA SANTANA PEDRO HERNAN / 2° JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUDAHUEL

Rol

Fecha

16 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Yamir Rivera Malverde, en favor de Pedro Hernán Urquieta Santana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del 2° Juzgado de Policía Local de Pudahuel que dictó a su respecto una orden de arresto, decisión que estima ilegal y que vulnera su libertad personal. Refiere, en síntesis, que los autos Rol 285.657-2 de dicho Tribunal, dicen relación con una denuncia por infracción a la Ley de Tránsito por hechos ocurridos el 11 de marzo de 2022; y habiendo transcurrido casi dos años desde que se presentara la denuncia el 31 de agosto de 2022, y habiéndose cumplido con creces los presupuestos legales para solicitar su prescripción, se enteró que la Policía de Investigaciones lo estuvo buscando para cumplir con la orden decretada por el Tribunal recurrido. Explica que, el artículo 65 de la Ley N° 15.231, faculta decretar la orden, pero ésta no se justifica si se considera que lo que se persigue es el pago de una multa respecto de una acción de cobro que se encuentra prescrita. Solicita que se acoja el recurso y se deje sin efecto la mencionada orden de arresto. Segundo: Que, informando el recurso, Cristian Arévalo Araneda, Juez Titular del 2° Juzgado de Policía Local de Pudahuel, señala que la decisión cuestionada descansa en el artículo 13 de la Ley N°18.287, disposición que autoriza a disponer la comparecencia personal del denunciado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 380 del Código de Procedimiento Civil. En el caso de autos, en dos oportunidades, el denunciado fue citado a audiencia; y, luego de constatada su rebeldía, se despachó la respectiva orden de detención. Tercero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Pedro Hernán Urquieta Santana, en contra del 2° Juzgado de Policía Local de Pudahuel. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2300-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciseis de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio N° 10: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Yamir Rivera Malverde, en favor de Pedro Hernán Urquieta Santana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del 2° Juzgado de Policía Local de Pudahuel que dictó a su respecto una orden de arresto, decisión que estim

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica