JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LA UNION

MP C/ NN

Rol

Fecha

16 de agosto de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Teniendo presente las consideraciones del juez a quo en la audiencia respectiva, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de agosto de dos mil veinticuatro y se mantiene la prisión preventiva respecto de las imputadas Rena Magaly Victoria Albornoz Zúñiga y Elianira Lucerina Zúñiga Tejeda Teniendo presente las circunstancias particulares de la imputada Romina Alejandra Velásquez Velásquez, se REVOCA la resolución recurrida y en su lugar se sustituye la prisión preventiva respecto de la mencionada imputada y en su lugar se decretan las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad parcial entre las 20:00 y las 08:00 hrs. y arraigo nacional. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1192-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la prisión preventiva por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal o, en subsidio, se declare que la causal de la prisión preventiva es el peligro de fuga. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Teniendo presente las consideraciones del juez a quo en la audiencia respectiva, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de agosto de dos mil veinticuatro y se mantiene la prisión preventiva respecto de las imputadas Rena Magaly Victoria Albornoz Zúñiga y Elianira Lucerina Zúñiga Tejeda Teniendo presente las circunstancias particulares de la imputada Romina Alejandra Velásquez Velásquez, se REVOCA la resolución recurrida y en su lugar se sustituye la prisión preventiva respecto de la mencionada imputada y en su lugar se decretan las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad parcial entre las 20:00 y las 08:00 hrs. y arraigo nacional. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1192-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RIT 690-2024 RUC 2400605331-5, ROL CORTE N° PENAL- 1192- 2024 Siendo las 9.59 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Presidenta d

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