MINISTERIO PÚBLICO CONTRA FRANCO ANDRÉS CÁCERES DÍAZ
Rol
Fecha
16 de agosto de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1.- Que, en primer lugar, atendido que los nuevos antecedentes hechos valer por la defensa permiten controvertir la calificación jurídica de los hechos dada en la formalización, en cuanto la imputación de homicidio calificado resulta poco probable, sólo es posible, por ahora, estimar que el imputado incurrió en un delito de homicidio simple en grado de frustrado, contexto en el que, de conformidad al artículo 21 de la Ley 20.084, la pena probable se sitúa dentro de aquellas que contempla el artículo 23 N°2 de dicha ley, entre las que se incluyen penas no privativas de libertad. 2.- Que, conforme a lo anterior y
Fundamentos
considerando que al imputado le favorece la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, resulta forzoso concluir que la internación provisoria resulta desproporcionada en relación a la sanción probable, lo que esta Corte debe tener especialmente presente en razón de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 20.084. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 32 y 33 de la Ley 20.084, se confirma la resolución apelada de catorce de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, en causa RIT 1088-2024, que sustituyó la cautelar de internación provisoria del adolescente Franco Andrés Cáceres Díaz, por la de arresto domiciliario total y la de prohibición total y absoluta de aproximarse a la víctima. Dese inmediata orden de libertad al imputado si no estuviere privado de ella por otra causa o motivos. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1309-2024.Penal.
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1.- Que, en primer lugar, atendido que los nuevos antecedentes hechos valer por la defensa permiten controvertir la calificación jurídica de los hechos dada en la formalización, en cuanto la imputación de homicidio calificado resulta poco probable, sólo es posible, por ahora, estimar
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