ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de agosto de 2024
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que, apercibe a las partes a dar estricto cumplimiento al régimen de relación directa y regular establecido en causa RIT M-1528-2015 del Juzgado de Familia de Talcahuano, decisión que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SAN/ccv/cms Concepción, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la
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