SIN INFORMACION

DINA DESTINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Camilo Salvador Samson Jara, interpone recurso de protección en favor de Dina Destine, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.055.127-2, domiciliada para estos efectos en Calle Volcán Antuco N°712, Comuna de Padre Hurtado, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en la digitalización del estampado electrónico por un beneficio migratorio otorgado, lo que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, libertad de trabajo, su libre elección y libre contratación, asegurados en el artículo 19 N°2 y N° 16 de la Constitución Política de la República, lo que también transgrede el artículo 27 de la Ley 19.880. Expone que el 19 de agosto de 2022 solicitó residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones y el 31 de enero de 2024 la recurrida resuelve que la solicitud no fue acogida a trámite, ya que de acuerdo con sus registros, cuenta con un beneficio de Residencia y para activarlo deberá verificar si le corresponde pagar derechos y posteriormente activar el estampado electrónico. Agrega que solicitó el permiso como dependiente del permiso de residencia de su madre, ya que al momento de la solicitud, era aún menor de edad. En dicho contexto, el permiso de residencia de su madre fue otorgado, mediante Resolución Exenta N°23497433, de 18 de diciembre de 2023, la que pudo obtener luego de que la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó poner término al procedimiento administrativo dentro del plazo de 90 días hábiles, mediante sentencia dictada en la causa de protección Rol N° 18212 - 2023. Precisa que tomó conocimiento de la situación informada mediante la resolución denominada “Su Solicitud de Residencia Definitiva no fue acogida a trámite”, una vez que fue acompañada en la causa de protección citada, esto es, el 31 de enero de 2024, ya que no le fue válidamente notificada con anterioridad. Precisa que no ha podido descargar el estampa

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Dina Destine, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio de que la recurrida deberá adoptar las medidas necesarias para habilitar el estampado electrónico materia del recurso. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3871-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que se anunció y alegó por el recurso la abogada doña Judith Urzúa Arriaza. San Miguel, 14 de agosto de 2024, Andrea Román Bravo, relatora. San Miguel, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°12: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Camilo Salvador Samson Jara, interpone recurso de protección en favor de Dina Destine, de nac

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