SIN INFORMACION

NÚÑEZ SALAS SERGIO HUMBERTO/EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO-EMACOF

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Sergio Humberto Núñez Salas, presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes de Artistas del Tren Central “Sinatral”. Señala que ejercen su trabajo en la empresa de transporte público EFE trenes, y que de acuerdo a la Ley N° 20.388, pueden ejercer su trabajo a bordo de vehículos de transporte urbano de pasajeros. Refiere que lo anterior, se ha visto menoscabado pues se encuentran siendo perseguidos, insultados y golpeados por una empresa privada de seguridad tácticos llamada EMACOF, contratados y enviados por la empresa EFE trenes Chile. Sostiene que los hechos descritos le impiden ejercer su derecho a trabajar, pues la constitución garantiza los derechos fundamentales de los trabajadores, asegurando la libertad del trabajo y el derecho a su libre elección y que el 10 de abril del presente año se presentaron hechos de extrema violencia. Solicita que se acoja el presente recurso y se ponga fin a los malos tratos recibidos por los artistas. Segundo: Que evacúa informa “Apablaza y Orellana Limitada” (EMACOF LTDA), giro de aportación de recurso humano en materia de seguridad, solicitando el rechazo del recurso. Indica que la acción deducida por la recurrente no se apega al estricto marco jurídico/procesal de una acción como la de autos, desde que no se ha acreditado un derecho indiscutible, ya sea a nivel personal o ya sea del “Sindicato de Trabajadores Independientes de Artistas del Tren Central”, para ejercer su actividad laboral de índole artística en tres de la empresa de ferrocarriles del Estado. Indica que la situación que plantea el recurrente a propósito de la Ley N° 20.388, ya fue aclarado y resuelto administrativamente este año, el 4 de enero del año 2024, mediante Oficio N° 237/2024, DNO emitido por la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes, resolviendo en una consulta de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes, indicando: “Mediante Oficio señalado en el ANT

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso el recurso de protección deducido por Sergio Humberto Núñez Salas, presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes de Artistas del Tren Central “Sinatral”. Regístrese y comuníquese. N°Protección-9945-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio 19: téngase presente. Al folio 20: a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Sergio Humberto Núñez Salas, presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes de Artistas del Tren Central “Sinatral”. Señala que ejercen su trabajo en la empresa de transporte público EFE trenes, y que de

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