BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SOCIEDAD COMERCIAL GOLDEN SOUTH LTDA
Rol
Fecha
14 de agosto de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes que la demanda de tercería de posesión fue válidamente notificada a las partes por el estado diario, no existiendo perjuicio o vicio procesal alguno. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada, de quince de julio de dos mil veinticuatro, la que se deja sin efecto, debiendo el tribunal a-quo seguir adelante con la tramitación del juicio. Notifíquese. En su oportunidad, devuélvase. N°Civil-560-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Gip/rps Chillán, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: Apareciendo de los antecedentes que la demanda de tercería de posesión fue válidamente notificada a las partes por el estado diario, no existiendo perjuicio o vicio procesal alguno. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada, de quinc
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