SIN INFORMACION

ANDRES ALEJANDRO RANGEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Alejandro Antonio Ibáñez Martínez, abogado, en representación de don Andrés Alejandro Rangel, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra de Servicio Nacional de Migraciones, por haber omitido de forma ilegal y arbitraria un pronunciamiento formal a la solicitud de residencia temporal, perturbando con dicha omisión el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, protegido por el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República, como también su derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 del mismo cuerpo legal. Expone que ingresó a Chile el 2 de febrero de 2018 como turista, posteriormente, obtuvo el beneficio de residencia temporal sujeta a contrato de trabajo, en virtud del Decreto 1.094. Añade que, durante el año 2019 solicitó el beneficio de residencia definitiva, el cual fue rechazado debido a que su empleador se declaró en quiebra, impidiéndole continuar con su proceso migratorio. Relata que en febrero de 2021 el recurrente pagó una multa indicada en la resolución exenta N°35050 del Servicio Nacional de Migraciones, por permanecer de manera irregular en Chile. Aduce que, el 12 de febrero del mismo año, contrajo matrimonio civil con la ciudadana chilena Javiera Ignacia Santos Becerra. En virtud de este vínculo familiar, indica que solicitó una nueva residencia temporal, la cual fue acogida a trámite por el Servicio Nacional de Migraciones el 22 de junio de 2021, según comunicación N°Int:13673906. Sostiene que, a la fecha de presentación del recurso, han transcurrido más de tres años desde la solicitud de residencia temporal, sin que el Servicio Nacional de Migraciones haya dictado una resolución definitiva. Esta situación agrega, lo mantiene en un estado de incertidumbre respecto a su futuro migratorio en Chile, dificultándole además la realización de trámites como la apertura de cuentas bancarias, la obtención de c

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza, el recurso de protección deducido a favor de Andrés Alejandro Rangel en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-15532-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor José Pablo Rodriguez Moreno, la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. En Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Alejandro Antonio Ibáñez Martínez, abogado, en representación de don Andrés Alejandro Rangel, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra de Servicio Nacional de Migraciones, por haber omitido de forma ilegal y arbitraria un pronunciamiento fo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica