SIN INFORMACION

ORTIZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Kevin Abel Canedo Cueto, abogado, e interpone recurso de protección en favor de Douglas Juvenal Gutiérrez Rojas y Liliana Nazaret Ortiz Salina, quienes son cónyuges, de nacionalidad venezolana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido sin pronunciarse respecto de su solicitud de residencia temporal por reunificación familiar, que fue presentada por la Sra. Ortiz Salina el 15 de mayo de 2023, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el N°2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que, Liliana Nazaret Ortiz Salina solicitó el permiso de residencia temporal el 15 de mayo de 2023 ante el Servicio Nacional de Migraciones, el que, con fecha 14 de junio de 2023 requirió acompañar nuevamente el acta de matrimonio en atención a que no podía verificarse la apostilla, la cual, posteriormente fue presentada dentro del plazo concedido. Finalmente, en fecha 11 de diciembre, el SERMIG, le requirió presentar el certificado de antecedentes penales arguyendo que el que acompañó a su solicitud no estaba vigente, sin embargo, el certificado si estaba vigente a la fecha de presentación de la solicitud. Sin perjuicio de aquello, la recurrente, presentó un nuevo certificado de antecedentes penales apostillado y actualizado dando cumplimiento a lo ordenado. Reclama que, a la fecha de presentación de su acción constitucional, luego de más de 6 meses de espera, la recurrente sigue sin recibir respuesta, situación que infringe el artículo 27 de la Ley N°19.880. Acusa también contravención del artículo 37 de la Ley N° 21.325 en los hechos que relata. Por lo anterior, pide se ordene al servicio recurrido emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda, dentro de un plazo prudente, que no exceda los 30 días corridos, con costas. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso, el Servicio

Fallo

Por estas consideraciones y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-14396-2024. En Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 9: a todo, téngase presente. Al escrito folio 10, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Kevin Abel Canedo Cueto, abogado, e interpone recurso de protección en favor de Douglas Juvenal Gutiérrez Rojas y Liliana Nazaret Ortiz Salina, quienes son cónyuges, de nacionalidad venezol

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