SIN INFORMACION

RIVAS/SUBSECRETARIA DE INTERIOR

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. 2°.- Que, el recurrente expone que los hechos que motivan el presente recurso tienen su origen en el mes de octubre del año 2022 a propósito según refiere del inicio de un procedimiento de regularización extraordinaria, acompañando al efecto imagen de recibo de la empresa de Correos de Chile, antecedente del cual no es posible colegir la existencia de un procedimiento administrativo en curso, careciendo de plausibilidad los hechos mencionados para recurrir por esta vía extraordinaria. Y, visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto a Folio N° 1 por el abogado don Pablo Peñaloza Parra. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1185-2024.

Fallo

Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto a Folio N° 1 por el abogado don Pablo Peñaloza Parra. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1185-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amena

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