EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNI C/ NN NN NN
Rol
Fecha
14 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, el tenor de la querella interpuesta que entrega las coordenadas geográficas del lugar en que se cometió el ilícito y teniendo especialmente en consideración que conforme a la orden de investigar del año 2022, que da cuenta que conforme a los ejes territoriales del Cerro Yarvicoya, este se ubica en la Comuna de Pica, región de Tarapacá y conforme al inciso tercero del artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales, el cual establece que será competente para conocer de un delito el tribunal en cuyo territorio se hubiere cometido el hecho que da motivo al juicio, se declara que es competente para seguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, a quien deberán remitirse todos los antecedentes. Regístrese y comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Arica y al Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. Rol N° 691-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Fallo
se declara que es competente para seguir conociendo de la presente causa el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, a quien deberán remitirse todos los antecedentes. Regístrese y comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Arica y al Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. Rol N° 691-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Sala Rol: 691-2024 Penal Ruc: 2210005565-5 RIT: 554-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, fiscal judicial ad-hoc señor Carlos Ruiz Larral y el abogado integrante señor Patricio Ponce Correa Relator (a): Patricia Díaz Donos
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