SIN INFORMACION

YIN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Pedro Greene Pinochet, abogado, en favor de Wenxu Yin, ciudadana china, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión, que estima arbitraria e ilegal, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temporal presentada el 22 de septiembre de 2023, lo que infringe la garantía establecida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que, durante el primer semestre del año 2023, la empresa Importadora Bubuao SpA decidió contratar a doña Wenxu Yin, de nacionalidad china, quien actualmente reside en la ciudad de Shenyang, provincia de Liaoning, China, para que viajara a Chile a desempeñarse como Gerente de Administración y Finanzas en dicha empresa, suscribiéndose un contrato de contrato a dichos efectos. Afirma que, a la fecha de la interposición de la acción, la solicitud aludida no ha sido resuelta. Asevera que la demora excesiva e injustificada del recurrido en resolver la solicitud de visa de doña Wenxu Yin dificulta el correcto desarrollo de las actividades comerciales de la recurrente, impactando negativamente en su quehacer diario. Solicita ordenar al recurrido resolver sin más trámite la solicitud de permiso de residencia temporal, fijándose para ello un plazo fatal de 30 días, o bien, el plazo que se estime razonable para efectos de restablecer y resguardar el imperio del derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por no existir acto u omisión de su parte que pueda ser calificado como arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Indica que el 14 de septiembre de 2023 Wenxu Yin, nacional de China, ingresó una solicitud de residencia temporal para extranjeros fuera de Chile, para efectos de realizar actividad

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Wenxu Yin, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Asenjo, quien estuvo por acoger el presente arbitrio y ordenar a la autoridad recurrida pronunciarse sobre las peticiones migratorias de los recurrentes en un plazo de 30 días. Tuvo presente para ello que la demora del recurrido evidencia el incumplimiento de la normativa que regula la actividad de la Administración, toda vez que la autoridad respectiva ha desconocido la aplicación de los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, en tanto ha dilatado la decisión respecto de las solicitudes de residencia temporal, excediendo el plazo establecido en el artículo 27 de la mencionada Ley N°19.880. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-15895-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Pedro Greene Pinochet, abogado, en favor de Wenxu Yin, ciudadana china, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión, que estima arbitraria e ilegal, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia temporal pr

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