VELASQUEZ MATIAS JORGE LUIS/COMISIÓN DE BENEFICIO DE REBAJA DE CONDENA
Rol
Fecha
14 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Valeska Orellana Córdova, abogada, defensora penal privada, interpone recurso de amparo en favor de Jorge Luis Velásquez Matías, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina Uno, y en contra de la Comisión de Reducción de Condena, por el acto que considera ilegal consistente en excluir y caducar los meses de rebaja acumulados hasta dicha exclusión, vulnerando de este modo la garantía de libertad personal que la Constitución Política de la República le asegura. Funda el recurso expresando que el amparado fue condenado en causa RIT 10.692-2011 RUC 1100917129-2, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, como autor de un delito de abuso sexual y un delito de violación reiterada a persona menor de 14 años, cuyo cumplimiento inició el 8 de septiembre de 2011, registrando como fecha de término el 9 de septiembre de 2026. Afirma que, “desde que se encuentra cumpliendo su condena se le ha informado de la obtención de meses de rebaja de condena por buen comportamiento, sin embargo, con fecha 9 de noviembre de 2022 se le informó que se encuentra excluido del proceso de rebaja en atención a la letra e) del artículo 17 de la ley N° 19.856”. Refiere que dicha norma fue modificada por la Ley N°21.421, que entró en vigor el 9 de febrero de 2022, de modo que la recurrida habría decido aplicar dicha causal de exclusión, y acto seguido, habría decidió aplicar la eliminación del beneficio. Acusa que la recurrida “habiendo emitido ya un pronunciamiento, retrotrae su propia decisión”. Aduce que la recurrida ha aplicado retroactivamente una norma penal desfavorable para el amparado, exigiendo el cumplimiento de requisitos que no existían al momento de los hechos materia de la acusación y dictación de la sentencia, firme y ejecutoriada, vulnerando con ello las garantías Constitucionales del artículo 19 N°7, en relación con lo dis
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por doña Valeska Orellana Córdova, abogada, en favor de Jorge Luis Velásquez Matías, en contra de la Comisión de Reducción de Condena. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N° 2.284-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Valeska Orellana Córdova, abogada, defensora penal privada, interpone recurso de amparo en favor de Jorge Luis Velásquez Matías, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina Uno, y en contra de la Comisión de Reducción de Condena, por el acto que
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