SIN INFORMACION

ANGÉLICA PAMELA SÁNCHEZ PEREIRA / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece Karla Andrea Saavedra Fernández, interponiendo recurso de amparo en favor de Angélica Pamela Sánchez Pereira, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando la adopción de medidas para que reciba atención hospitalaria. Refiere que el día 3 de julio le fue informado a la amparada que padecía cáncer de mama, siendo citada para el 26 de julio pasado al Hospital Carlos Van Buren, sin que fuese llevada hasta el centro asistencial. Sostiene que, en audiencia de preparación de juicio, se dio orden inmediata de llevarla con urgencia al hospital, no siendo cumplido, por lo que solicita se gestione con urgencia el traslado al hospital. A folio 4 informa el Juzgado de Garantía de Valparaíso, manifestando que la amparada registra un total de 33 causas tramitadas y 4 en dicho tribunal. Afirma que la amparada se encuentra en prisión preventiva en la causa RIT 715-2021 del Juzgado de Garantía de Limache, en la que se llevó a efecto audiencia el día 2 de agosto del presente, ventilándose los hechos que dan origen al recurso. Añade que el tribunal resolvió dar autorización para el cuidado de la salud de la imputada, precisando que todos los tratamientos médicos que requiera tienen autorización. A folio 7 informa el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Expone que la interna se encuentra en control por el Hospital Carlos Van Buren y sus familiares obtuvieron en forma no regulada una citación para control, la que les fue entregada directamente y sin ser derivada a Gendarmería de Chile, cuestión que les impidió tomar conocimiento oportuno. Señala que nuevamente los familiares gestionaron una hora para el 30 de septiembre de 2024, lo que vulnera las políticas de seguridad institucional, ya que externos a la institución toman conocimiento de la hora y lugar exacto en que se encontrará la interna fuera de la unidad penal. En razón de lo expuesto, solicita que se oficie al Director del

Fundamentos

considerando: Primero: Que, a través del presente recurso, se solicita que a la interna se le proporcione atención hospitalaria urgente para evitar el avance del cáncer que le fue detectado. Segundo: Que, el Complejo Penitenciario de Valparaíso acompaña a su informe el detalle de los controles que ha recibido la interna durante el presente año en el Hospital Carlos Van Buren, en los que consta una atención mensual entre los meses de marzo y julio. Además, da cuenta que el Hospital Carlos Van Buren citó a la interna para atención el 30 de septiembre de 2024, la que fue gestionada directamente por sus familiares y vulnera las políticas de seguridad institucional. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que la imputada ha recibido las atenciones médicas pertinentes, las que aparecen como suficientes y oportunas a su diagnóstico, estimando esta Corte que Gendarmería de Chile ha cumplido con su mandato legal de resguardar la vida e integridad física y psíquica de la amparada, no incurriendo en ilegalidad alguna, por lo que el recurso de amparo será rechazado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Autoacordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Angélica Pamela Sánchez Pereira contra Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1657-2024. En Valparaíso, catorce de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece Karla Andrea Saavedra Fernández, interponiendo recurso de amparo en favor de Angélica Pamela Sánchez Pereira, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando la adopción de medidas para que reciba atención hospitalaria. R

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