SIN INFORMACION

MORENO/FRIZ

Rol

Fecha

13 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1°.- Comparece don Alberto Moreno Guiñez, Licenciado en Ciencias Jurídicas, con domicilio en Esmeralda 261 B de la comuna de Yungay, interponiendo recurso de protección en favor de, Escuela Fernando Baquedano, su Director, don Zoilo Juan Carlos Irarrazabal Osses, de Marlyn Fernanda Álvarez Herrera, Trabajadora Social, y de Ludgarda Carolina Sandoval Zúñiga, Profesora de Educación General Básica, todos domiciliados para estos efectos en calle Angamos 375 de la comuna de Yungay, en contra de don Miguel Esteban Friz Friz, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle San Luis sin número, Villa El Membrillo, sector Tres Esquinas Interior de la comuna de Yungay, por los actos que estima arbitrarios e ilegales de realizar publicaciones en redes sociales contra los recurrentes. Como antecedentes de hecho de la acción recurrida, se refiere en primer término al establecimiento educacional Escuela Fernando Baquedano, que ofrece matrícula a más de 700 alumnos de distintos niveles, de nivel parvulario y enseñanza básica; teniendo un alto porcentaje de alumnos vulnerables, contando con los profesionales y asistentes de la educación necesarios para el cumplimiento de sus funciones, sumado a la red de apoyo de las diversas instituciones de la comuna. Señala que, desde hace algún tiempo la Escuela Fernando Baquedano y los profesionales a favor de quienes comparece, vienen siendo hostigados por el recurrido, alcanzando su mayor grado de connotación pública el pasado 06 de mayo, cuando mediante sus publicaciones en la página oficial de Facebook de la escuela ha provocado un grave daño a la imagen del establecimiento. Plantea que, el recurrido es padre de una alumna del establecimiento, y que, a raíz de supuestos eventos, como, que una profesora le hizo comer una manzana del basurero, mientras estaba en segundo básico, lo cual fue aclarado en su oportunidad y cambiada inmediatamente de curso, con el debido seguimiento de la psicóloga; o que, la alumna, debido a que no pud

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se acoge, sin costas, el recurso interpuesto por don Alberto Moreno Guiñez en favor de la Escuela Fernando Baquedano, de Zoilo Juan Carlos Irarrazabal Osses, de Marlyn Fernanda Álvarez Herrera y de Ludgarda Carolina Sandoval Zúñiga, en contra de don Miguel Esteban Friz Friz, sólo en cuanto, el recurrido debe abstenerse de seguir realizando publicaciones de la misma índole, de las ya señaladas. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante Juan Pablo Ortega Arroyo, quien no firma por no haber integrado hoy. Asimismo, no firma la magistrada señora Vásquez, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por haber cesado en el cargo de ministra suplente. Rol N° 715-2024-Protección. -

Texto Completo (Preview)

Chillán, trece de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Comparece don Alberto Moreno Guiñez, Licenciado en Ciencias Jurídicas, con domicilio en Esmeralda 261 B de la comuna de Yungay, interponiendo recurso de protección en favor de, Escuela Fernando Baquedano, su Director, don Zoilo Juan Carlos Irarrazabal Osses, de Marlyn Fernanda Álvarez Herrera, Trabajadora Social, y de Ludgarda Carolin

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