AGENCIAS DE REPRESENTACIONES LIMITADA/COMERCIALIZADORA AGUA PUERTO VARAS LIMITADA
Rol
Fecha
13 de agosto de 2024
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos Se reproduce la sentencia en alzada, y teniendo además presente: Primero: Que, mediante el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se solicita la revocación del fallo en alzada al afirmar la concurrencia de una excepción de contrato no cumplido, caso fortuito, fuerza mayor, teoría de la imprevisión y de concurrencia de la condición resolutoria tácita respecto del contrato que vincula a las partes en esta causa, circunstancias que el Tribunal a quo no valoró en su sentencia, como tampoco las alegaciones efectuadas sobre el incumplimiento contractual de parte de la demandante como fuera expuesto en su oportunidad, declarándose en definitiva que se rechace dicha demanda o se proceda con la devolución del bien mueble en cuestión, con costas. Segundo: Del mérito de los antecedentes aportados por las partes en la etapa procesal pertinente, se aprecia por estos sentenciadores que las alegaciones vertidas por la parte demandada no logran corroboración con la prueba acompañada a dichos efectos, exclusivamente en lo tocante a un incumplimiento contractual en la que habría incurrido la demandante en su oportunidad con la entrega de una máquina enfajadora sin cumplir con los requisitos acordados por aquellas y, por el contrario, se logró acreditar el cumplimiento de las obligaciones de la actora sin que se haya dado cuenta del pago del saldo adeudado por la recurrente. Lo anterior, por cuanto las alegaciones sobre excepción de contrato no cumplido, caso fortuito, fuerza mayor, teoría de la imprevisión y de concurrencia de la condición resolutoria tácita, no fueron vertidas en la etapa procesal pertinente, esto es, durante el período de discusión a través de los escritos de contestación o dúplica contemplados en la ley para ello, resultando del todo extemporánea dichas defensas, las que son indicadas, a través de un escrito denominado téngase presente una vez dictado el auto de prueba en estos autos. Tercero: Que, por su parte, y
Fundamentos
considerando estos sentenciadores que la parte recurrente no tuvo motivos plausibles para litigar, en atención a la improcedencia de las argumentaciones en base a la cual sustenta su recurso de apelación, se impondrá la condena en costas del recurso, tal como se indicará a continuación.
Fallo
fallo en alzada al afirmar la concurrencia de una excepción de contrato no cumplido, caso fortuito, fuerza mayor, teoría de la imprevisión y de concurrencia de la condición resolutoria tácita respecto del contrato que vincula a las partes en esta causa, circunstancias que el Tribunal a quo no valoró en su sentencia, como tampoco las alegaciones efectuadas sobre el incumplimiento contractual de parte de la demandante como fuera expuesto en su oportunidad, declarándose en definitiva que se rechace dicha demanda o se proceda con la devolución del bien mueble en cuestión, con costas. Segundo: Del mérito de los antecedentes aportados por las partes en la etapa procesal pertinente, se aprecia por estos sentenciadores que las alegaciones vertidas por la parte demandada no logran corroboración con la prueba acompañada a dichos efectos, exclusivamente en lo tocante a un incumplimiento contractual en la que habría incurrido la demandante en su oportunidad con la entrega de una máquina enfajadora sin cumplir con los requisitos acordados por aquellas y, por el contrario, se logró acreditar el cumplimiento de las obligaciones de la actora sin que se haya dado cuenta del pago del saldo adeudado por la recurrente. Lo anterior, por cuanto las alegaciones sobre excepción de contrato no cumplido, caso fortuito, fuerza mayor, teoría de la imprevisión y de concurrencia de la condición resolutoria tácita, no fueron vertidas en la etapa procesal pertinente, esto es, durante el período de discusió
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, trece de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos Se reproduce la sentencia en alzada, y teniendo además presente: Primero: Que, mediante el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, se solicita la revocación del fallo en alzada al afirmar la concurrencia de una excepción de contrato no cumplido, caso fortuito, fuerza mayor, teoría de la imprevisión y de concurrencia de
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