SIN INFORMACION

ORIZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Sergio Alfredo Oriz Quiroga, de nacionalidad argentina, domiciliado en Cleopatra 3154, comuna Puente Alto, deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir la recurrida el pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia temporal realizada el 29 de abril de 2022. Pide que se ordene al organismo emitir pronunciamiento al respecto. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, informa que el recurso ha perdido oportunidad ya que mediante la Resolución Exenta N°51922, de fecha 17 de noviembre de 2023, se otorgó al recurrente la residencia temporal por el periodo de 2 años. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción constitucional de urgencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos constitucionales que se enumeran en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, mediante la adopción de medidas de resguardo ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amenace o perturbe su ejercicio. Cuarto: Que, por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho de quienes incurren en él-, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el referido artículo 20 de la Carta Fundamental. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes, consta que la solicitud formulada por el recurrente ya fue resuelta por la autoridad administrativa a través de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Sergio Alfredo Oriz Quiroga, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3858-2024- Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, doce de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Sergio Alfredo Oriz Quiroga, de nacionalidad argentina, domiciliado en Cleopatra 3154, comuna Puente Alto, deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica