1ER JUZGADO POLICIA LOCAL DE CONCEPCION (LETRADO)

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR CON JUAN ESPINOZA DURAN Y CIA.LTDA.

Rol

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1°) Que el Primer Juzgado de Policía Local de Concepción trabó contienda de competencia por estimar que es el Segundo Juzgado de Policía Local de esta ciudad, el competente para conocer de la querella infraccional deducida en conformidad a la Ley N°19.496, interpuesta por el Servicio Nacional de Consumidores. 2°) Que sustenta su posición en que habiéndose optado por el consumidor presentar la querella ante el Juzgado de Policía Local de la comuna en la que se ubica su domicilio, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 50 A de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, modificada por la Ley N°21.081, ciudad en la que existe más de un tribunal llamado a conocer de la materia de autos, y que a la época de su presentación - el 27 de junio último-, se encontraba de turno el Segundo Juzgado de Policía Local de Concepción, es a éste a quien le corresponde conocer de lo impetrado en los antecedentes. 3°) Que,

Fundamentos

considerando esta Corte que la época de ocurrencia del hecho que se denuncia en la demanda respectiva es la que determina la competencia, por ser este un criterio objetivo de distribución de causas, y que el hecho, que sirve de sustento a la querella infraccional, ocurrió el 13 de diciembre de 2023, época en que estaba de turno el Primer Juzgado de Policía Local de Concepción,

Fallo

se declara que dicho tribunal es competente para conocer de esta querella infraccional. Comuníquese lo resuelto al Segundo Juzgado de Policía Local de Concepción por la vía más expedita y remítanse los antecedentes a aquel que se ha declarado el competente. Regístrese y devuélvanse. No firma la abogada integrante señora Gabriela Lanata Fuenzalida, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. N°Policia Local-266-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, doce de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1°) Que el Primer Juzgado de Policía Local de Concepción trabó contienda de competencia por estimar que es el Segundo Juzgado de Policía Local de esta ciudad, el competente para conocer de la querella infraccional deducida en conformidad a la Ley N°19.496, interpuesta por el Servicio N

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