15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/V. A. U. M. Y J. A. S. M.

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, gravedad, forma de comisión del ilícito, los bienes jurídicos afectados y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, 32 y 33 de la Ley 20.084, se confirma la resolución apelada de dos de agosto en curso, dictada en los autos RIT 3456-2024 por el 15°Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la internación provisoria de los imputados de iniciales V.A.U.M y J. A.S.M. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2890- 2024 Penal

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Fecha: a nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 2890-2024 RIT: 3456-2024 Ruc: 2400897964-9 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): M. Andrea Durán Bruce Abogado asesor del Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor penal público: César Contreras González Imputados: V. A. U. M. Y J. A. S. M. Tipo de Recurso: Apelación cautelar Delito: Robo

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