JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ HECTOR MANUEL CONTRERAS BARRA

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de dos de agosto del año en curso, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado HÉCTOR MANUEL CONTRERAS BARRA, inserta en la carpeta virtual RIT 1-2372-2024 del Juzgado de Garantía de Curicó. Se previene que el abogado integrante don Diego Palomo Vélez, fue de parecer de modificar el fundamento que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva para asegurar su comparecencia del imputado a las actuaciones del procedimiento y, en consecuencia, acceder a fijar una caución en la suma de cien mil pesos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1479-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de dos de agosto del año en curso, que mantuvo la medida cautelar personal de

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