SIN INFORMACION

MOLINA ORDENES, MANUEL ANTONIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (PRIMER SEMESTRE DE 2024)

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Molina Órdenes, Manuel Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°310-2024 La Serena, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. PRIMERO: Que a folio 1, comparece Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor del condenado Manuel Antonio Molina Órdenes, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Refiere que, actualmente, el amparado cumple una condena de 819 días de presidio menor en grado medio, por el delito de robo de vehículo motorizado, según lo dispuesto en el artículo 443, inciso 2 del Código Penal y que comenzó a cumplir la pena el 14 de octubre de 2022, con fecha de término prevista para el 8 de enero de 2025. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional negó la concesión del beneficio, basándose en un supuesto riesgo de reincidencia medio, falta de conciencia de la gravedad del delito y del mal causado, así como en la ausencia de un rechazo explícito a los delitos cometidos, lo que impediría una adecuada reinserción en la sociedad. Indica que la Comisión, al rechazar la libertad condicional, no consideró los avances que el amparado ha demostrado en su proceso de reinserción, conforme a lo establecido en el Decreto Ley 321 y el Decreto Supremo 338. Señala que, durante su tiempo en reclusión, el condenado ha participado en diversas actividades orientadas a avanzar en su proceso de reinserción y disminuir su nivel de reincidencia. Entre estas actividades, menciona las siguientes intervenciones: talleres de solución de problemas interpersonales, bajo umbral, identidad delictual, asociación a pares infractores de ley, y de capacitación y desarrollo de habilidades artesanales. Afirma que, en el ámbito laboral, el interno participa en un programa de trabajadores dependientes, desempeñándose en el cargo de cocina interna, habiendo sido contratado el 1 de septiembre de 2023, manteniendo

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de MANUEL ANTONIO MOLINA ÓRDENES, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, dejándose sin efecto la Resolución N° 267-2024 de once de abril de los corrientes, disponiéndose en su lugar que se concede al amparado el beneficio de la Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra de la Ministra (S) Sra. Camus quien fue del parecer de rechazar el presente recurso de amparo, estimando que la Comisión no obró ilegalmente al denegar el beneficio, pues ponderando los antecedentes aportados por Gendarmería, especialmente el contenido del informe de postulación psicosocial, determinó que el amparado, por el riesgo de reincidencia medio que actualmente presenta y la falta de conciencia de la gravedad del delito, del mal causado y por no presentar una rechazo a la comisión de nuevos ilícitos, no se encuentra en condiciones de reinsertarse adecuadamente a la sociedad, y con ello no reúne los requisitos necesarios para ser beneficiado con la libertad condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°310-2024.

Fallo

Por lo expuesto solicita dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. Acompaña informe elaborado por la trabajadora social penitenciaria. SEGUNDO: Que, evacuó Carolina Andrea Baroncini Gálvez, integrante de la Comisión de Libertad Condicional del año 2024. Indica que la comisión que integra acordó rechazar la solicitud formulada por don Manuel Antonio Molina Órdenes, en atención a que el informe de postulación psicosocial presentado da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, los cuales no permiten demostrar, en la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo mediano de reincidencia. Además, refiere que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado, y no manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Sostiene que el equipo técnico de Gendarmería, que elaboró el informe psicosocial mencionado, sugiere que el interno prosiga con su proceso de intervención en el sistema cerrado, debido a que presenta un riesgo medio de reincidencia y muestra dificultad para asumir responsablemente las consecuencias de su actuar delictivo, predominando una capacidad disminuida para enfrentar situaciones de conflicto, en las cuales reacciona de forma impulsiva. Destaca que lo anterior llevó a la Comisión a concluir que, por ahora, el interno no se encuentra apto para desenvolverse en la sociedad, debiendo conti

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Molina Órdenes, Manuel Antonio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°310-2024 La Serena, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. PRIMERO: Que a folio 1, comparece Hamilton González Rojas, abogado y Defensor Público Penitenciario, y deduce recurso de amparo en favor del condenado Manuel Antonio Molina Órdenes, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que rechazó la

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