JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MINISTERIO PUBLICO CONTRA /EDILSON ARBOLEDA RIVAS

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

ELABORACION/PRODUCCION SUST. SICOTROPICAS O DROGAS ART. 1 INC. 1 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en especial consideración la pena asignada al delito que se investiga, así como la elevada cantidad, diversidad y naturaleza de la droga y los precursores incautados, se estima que no existe caución suficiente, por ahora, que permita asegurar la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento, en los términos del artículo 146 del Código Procesal Penal, por lo que se revocará la resolución apelada. Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de ocho de agosto de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT 4174-2024, por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que fijó una caución de tres millones de pesos ($3.000.000), para sustituir la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Edilson Arboleda Rivas, dejándose sin efecto la misma, manteniendo la cautelar señalada. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1291-2024 Penal. Se deja constancia que esta resolución no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo con lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en especial consideración la pena asignada al delito que se investiga, así como la elevada cantidad, diversidad y naturaleza de la droga y los precursores incautados, se estima que no existe caución suficiente, por ahora, que permita asegurar la comparecencia del imputado a

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